Las JAL son parte
de la estructura administrativa del Estado colombiano creadas para fortalecer la participación ciudadana en los
asuntos locales; ejercer control, veeduría y apoyar la administración de las comunas,
localidades y corregimientos (Constitución Política de Colombia).
De esta forma, ellas promueven la participación y veeduría ciudadana en
el manejo y control de los asuntos públicos y en la elaboración y ejecución del
presupuesto distrital, las campañas para la protección y recuperación de los
recursos y del medio ambiente de su localidad, la vigilancia en la ejecución de
los contratos en la localidad y las demás consignadas en el artículo 42 de la
Ley 1617 de 2013 o Ley de Distritos Especiales.
Hay que mencionar, que la operación de esta estructura y las obras locales se
garantizan con el Fondo de Desarrollo Local (art. 61 al 64 Ley 1617) y con los
recursos de las transferencias, al menos el 10%, que el Distrito realice a cada
Fondo (art.
2.6.6.2.5 Decreto 2388 de 2015) provenientes de los ingresos corrientes
del presupuesto distrital.
Así que, los alcaldes locales de los distritos especiales administran estos
recursos locales del plan de desarrollo local, estimulando la participación
comunitaria. (Ver Acuerdo 006 de 2006).
El Distrito de
Barranquilla cuenta con 5 localidades, las cuales dependen del Alcalde Distrital,
de una Junta Administradora Local -JAL- y del Alcalde Local -nombrado por el
alcalde de terna elaborada por la respectiva JAL-.
Aquí, cada JAL
está integrada por quince (15) ediles, elegidos popularmente cada 4 años.
Ahora bien, el Decreto 2388, permite que las transferencias de los distritos
especiales se computen con las inversiones físicas adelantadas por la alcaldía
distrital en las localidades; y en Barranquilla se utiliza ese esquema de computar
las obras desarrolladas por el distrito como transferencia a dichos fondos.
En contraste con
lo anterior, fuese interesante que se giraran dineros a los fondos, para que el
alcalde local pueda atender directamente las necesidades más relevantes o que
más preocupan a la gente en los barrios y localidades.
Sin lugar a dudas
un gran ejercicio de participación ciudadana y descentralización.
En definitiva, las JAL y los alcaldes locales son los facilitadores de
la interlocución directa de la comunidad con la administración pública, y ad
portas de las elecciones, conviene recordar la importancia y el poder del voto,
pues tenemos la oportunidad de elegir los ediles, cuyas actitudes y aptitudes beneficien a
la localidad donde usted vive.
@sisi_bq
Publicado en el Diario La Libertad el 7 de octubre de 2019 https://diariolalibertad.com/sitio/2019/10/07/alcaldes-locales-y-ediles/
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