miércoles, 6 de noviembre de 2019

ALCALDES LOCALES Y EDILES


Las JAL son parte de la estructura administrativa del Estado colombiano creadas para fortalecer la participación ciudadana en los asuntos locales; ejercer control, veeduría y apoyar la administración de las comunas, localidades y corregimientos (Constitución Política de Colombia).

De esta forma, ellas promueven la participación y veeduría ciudadana en el manejo y control de los asuntos públicos y en la elaboración y ejecución del presupuesto distrital, las campañas para la protección y recuperación de los recursos y del medio ambiente de su localidad, la vigilancia en la ejecución de los contratos en la localidad y las demás consignadas en el artículo 42 de la Ley 1617 de 2013 o Ley de Distritos Especiales.

Hay que mencionar, que la operación de esta estructura y las obras locales se garantizan con el Fondo de Desarrollo Local (art. 61 al 64 Ley 1617) y con los recursos de las transferencias, al menos el 10%, que el Distrito realice a cada Fondo (art. 2.6.6.2.5 Decreto 2388 de 2015) provenientes de los ingresos corrientes del presupuesto distrital. 

Así que, los alcaldes locales de los distritos especiales administran estos recursos locales del plan de desarrollo local, estimulando la participación comunitaria. (Ver Acuerdo 006 de 2006).
El Distrito de Barranquilla cuenta con 5 localidades, las cuales dependen del Alcalde Distrital, de una Junta Administradora Local -JAL- y del Alcalde Local -nombrado por el alcalde de terna elaborada por la respectiva JAL-.

Aquí, cada JAL está integrada por quince (15) ediles, elegidos popularmente cada 4 años.  

Ahora bien, el Decreto 2388, permite que las transferencias de los distritos especiales se computen con las inversiones físicas adelantadas por la alcaldía distrital en las localidades; y en Barranquilla se utiliza ese esquema de computar las obras desarrolladas por el distrito como transferencia a dichos fondos.

En contraste con lo anterior, fuese interesante que se giraran dineros a los fondos, para que el alcalde local pueda atender directamente las necesidades más relevantes o que más preocupan a la gente en los barrios y localidades.

Sin lugar a dudas un gran ejercicio de participación ciudadana y descentralización.

En definitiva, las JAL y los alcaldes locales son los facilitadores de la interlocución directa de la comunidad con la administración pública, y ad portas de las elecciones, conviene recordar la importancia y el poder del voto, pues tenemos la oportunidad de elegir los ediles, cuyas actitudes y aptitudes beneficien a la localidad donde usted vive.

@sisi_bq

Publicado en el Diario La Libertad el 7 de octubre de 2019 https://diariolalibertad.com/sitio/2019/10/07/alcaldes-locales-y-ediles/

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